Zacatecas.- La tarde de este jueves, en sesión ordinaria de la LXI (61) Legislatura del Estado, fue aprobado el dictamen de la Comisión de Seguridad Pública y Justicia, respecto de las iniciativas de reformas a diversas disposiciones del Código Penal para Zacatecas, mediante las que se impulsan para fortalecer el respeto e integridad de los derechos humanos de las mujeres, para que tengan un pleno goce de su derecho a una vida libre de violencia y acceso a la justicia.
La diputada perredista María Eugenia Flores Hernández, destacó que no sólo es importante el aumento en las penas y en las sanciones, sino también su modificación, ya que ésta representa una mejoría en la conciencia del trato de estos delitos.
Enfatizó que este paso pone a Zacatecas a la vanguardia, ya que es uno de las pocas entidades que han luchado y combatido de forma legislativa la violencia contra la mujer.
Las reformas establecen la reparación del daño en casos de violación, feminicidios y violencia de género, además de la derogación de delito de rapto para llamarlo “privación de la libertad”.
Asimismo, se perseguirá la violencia familiar de oficio, será ilícita la violación dentro del matrimonio y serán sancionadas las autoridades que ignoren casos de violencia de género.
Las reformas también buscan proteger a las mujeres embarazadas, eliminar la idea de que por estar casada la mujer le pertenece al marido o cuando es soltera a los padres, y también se obliga al pago de las pensiones alimenticias de los hijos.
Otra modificación hecha al Código Penal es la de la reparación de daños, es decir, que el inculpado deberá revertir todos los perjuicios materiales y morales provocados, al igual que deberá indemnizar a la víctima.
Flores Hernández aseguró que el afectado sólo podrá otorgar el perdón a su agresor si éste subsana los daños ocasionados.
“Anteriormente la víctima podía otorgar el perdón y en ese momento el proceso legal se detenía, ahora ya no, mientras no revierta el daño el proceso legal seguirá”, enfatizó.
También, se establecerán penas de 3 a 6 años de prisión y multas de 200 a 365 cuotas de salario mínimo a quienes copulen con personas mayores de 12 y menores de 18 años.
En caso de que se demuestre que los padres han mantenido relaciones sexuales con sus descendientes, a los primeros se les impondrá una sanción de 5 a 10 años de prisión.
Se castigará a todos aquellos servidores públicos que retarden o entorpezcan la procuración de justicia en casos de feminicidios o delitos de género, mediante una aplicación de sanciones que van de 2 a 3 años de cárcel, además de que serán destituidos o inhabilitados de la función pública de entre 3 a 10 años.
María Eugenia Flores puntualizó que en el resarcimiento de los daños van implícitos el pago total de los tratamientos psicológicos y terapéuticos que la víctima pueda requerir; en el caso de feminicidios, se tendrá que subsanar el daño material y moral de las víctimas indirectas, como pueden ser los hijos, padres o pareja.