Necesita IEEZ queja para poder actuar: Soto
Saúl Ortega/ntrzacatecas.com
Miércoles 10 de febrero de 2010
Aun cuando el candidato del PRD a la gubernatura del estado realizó un acto de campaña política en Fresnillo, el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) no puede actuar en su contra por no existir una queja formal de alguien que se sienta ofendido en sus derechos.
La magistrada presidenta del IEEZ, Leticia Soto Acosta, explicó que los diputados, al aprobar la nueva ley electoral, le impidieron actuar de oficio en estos casos y, por tanto, está obligada a esperar que se presente una querella.
Aunque aclaró que Mejía Haro no debe realizar ningún acto público de campaña porque ya está registrado como candidato ante su partido político, el PRD.
“Él, al ser candidato debe esperar los tiempos establecidos en la ley para el inicio de los actos de campaña”, dijo Soto Acosta.
A continuación, la entrevista con NTR Medios de Comunicación:
NTR: ¿Cuál es la situación de Antonio Mejía Haro, quien realizó un acto proselitista en Fresnillo y estuvo acompañado del diputado federal García Leyva y de Antonio Rangel, (de) quien aún no queda claro si ya renunció a su cargo como secretario? ¿Cómo actúa el IEEZ? ¿Se está incumpliendo alguna norma?
LSA: Bueno, no conozco la información, desconozco qué haya sido lo que sucedió y nosotros estaremos atentos a efecto de que si se presenta alguna queja en relación a este asunto; desde luego hacerla del conocimiento de las instancias correspondientes en el instituto electoral, que son, en principio, la Secretaría Ejecutiva quien recibe la queja y hace una primera evaluación respecto de sus requisitos formales; de resultar procedente, le da entrada para que la junta ejecutiva inicie el procedimiento sancionador.
NTR: Pero en este caso que se reúne abiertamente con los ejidatarios de Fresnillo, ofrece un discurso en compañía de la gente, ¿no está incumpliendo una norma?
LSA: No conozco los hechos, lo vuelvo a repetir.
NTR: Hacen una reunión privada para dar un mensaje proselitista, ya es un acto de campaña abierta en una reunión con ejidatarios de Fresnillo… ése es el hecho concreto.
LSA: El asunto del análisis de las circunstancias en materia electoral es muy importante, conocer los hechos y desde luego tener las pruebas a efecto de no faltar a la verdad de lo sucedido.
En ese sentido, nosotros estaremos recibiendo cualquier queja que se pudiera presentar con las pruebas que se estimen convenientes y, desde luego, en su momento hacer la valoración.
Comentarle a usted algo sin conocer los hechos me parece que sería aventurado e irresponsable de mi parte.
NTR: ¿No actúa el IEEZ de oficio en estas situaciones?
LSA: Vuelvo a insistirle que no conozco la situación, pero le comento que el procedimiento administrativo sancionador por disposición de los legisladores ha quedado a petición de parte.
Nosotros esperamos la situación de que alguien se queje de esta situación y presente su queja, anexe las pruebas que estime convenientes para demostrar el sentido de su dicho y en ese sentido, consejo del instituto electoral, y resuelve su Consejo General.
NTR: En el supuesto de que sí se incurriera en una violación, ¿entonces el IEEZ no puede actuar de oficio?
LSA: No. El IEEZ no puede actuar de oficio, una decisión del legislador, el procedimiento administrativo sancionador ya quedó sujeto a la queja que pudiera presentar quien se estime lastimado en su derecho por alguna situación que considere violatoria a la ley electoral.
NTR: ¿Le ataron los diputados las manos al IEEZ?
LSA: No. Creo que es un procedimiento que tiende a que en materia electoral exista una parte que se sienta afectada por las circunstancias o los hechos que pudiera considerar esa parte violatorios a la ley electoral.
En ese sentido me parece que se trata de un planteamiento en el que se permite una contienda y en donde se permite pues que exista la posibilidad de que alguien que estime que se afecta su derecho pudiera recurrir al instituto electoral.
NTR: ¿Mejía Haro ya se ha registrado como candidato ante el IEEZ?
LSA: No, porque las fechas para el registro de los candidatos comienza hasta el 22 de marzo.
NTR: ¿Él estaría en posibilidades legales de hacer precampaña siendo ya oficialmente el candidato del PRD?
LSA: No. Él, al ser candidato, debe esperar los tiempos establecidos en la ley para el inicio de los actos de campaña.
NTR: Y en este caso, si se hace un evento público con más de cien personas en Fresnillo, reunido con un diputado federal, ¿estaría violando esto?
LSA: No conozco los hechos, no puedo comentarle al respecto de algo que no está en el ámbito del conocimiento, ni del instituto ni del Consejo General.
NTR: ¿Por qué parecería éste un deslinde del IEEZ?
LSA: No es deslinde. Yo escucho lo que usted me pregunta, desconozco los hechos y en segundo lugar le comento que en la ley electoral, en nuestro ordenamiento jurídico electoral, ha quedado establecida la necesidad de una queja para que el instituto electoral conozca de alguna acción presuntamente violatoria a la ley electoral.
