Defiende IEEZ a perredista
Saúl Ortega/ntrzacatecas.com
Miércoles 10 de marzo de 2010
La consejera presidenta del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), Leticia Catalina Soto Acosta, afirmó que Juan Antonio Rangel Trujillo no incurriría en algún delito si llegase a demostrarse que, en funciones como secretario de Desarrollo Agropecuario, asumió la precandidatura del PRD a la presidencia municipal de Fresnillo, durante febrero.
Ello debido a que la ley sólo exige que los funcionarios públicos interesados en participar en el proceso de algún cargo de elección popular renuncien a su condición de funcionarios de gobierno 90 días antes del proceso marcado en la Constitución.
Sería suficiente, entonces, con que Rangel Trujillo demuestre ante el IEEZ que renunció a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario antes del 4 de abril próximo.
La revisión que realizará el órgano electoral ante la demanda interpuesta por el Partido de Trabajo (PT) será en materia de equidad en la contienda; “ese fue el tema en el que se presenta la queja petista y no así por la duplicidad de funciones”, explicó Soto Acosta.
Enfatizó que la denuncia se presentó en este sentido porque “el ser precandidato no es una función pública, se trata de una calidad que un partido político otorga a quien, de acuerdo con una convocatoria, otorga porque cumple los requisitos establecidos en la propia convocatoria”.
Que un funcionario público esté facultado legalmente para realizar precampañas; “no está prohibido en la ley (electoral)”, expuso Soto Acosta.
Insistió en que se trataría, en su caso, de un asunto al interior de los partidos en los que el IEEZ no está facultado para actuar; “así lo establece la Constitución y las leyes, que los institutos electorales no podemos intervenir en los asuntos internos de los partido políticos”.
Pero… sí es inelegible
CONVOCATORIA DEL PRD
V. DE LOS PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
A.- DE LOS REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD
5.- Los ciudadanos en general y los miembros afiliados del Partido de la Revolución Democrática que participen en el proceso interno de selección de candidatos, no deberán desempeñar cargo público con función de autoridad alguna de la Federación, Estado o Municipio, Secretario, Subsecretario, Director, Subdirector, encargados del despacho o equivalentes, de acuerdo con la ley que corresponda a cada uno de los niveles de gobierno.
19 de diciembre de 2009.

cirilo
Miércoles 10 de marzo de 2010, 11:42 AM horas
No pos si!. Esta presidenta del IEEZ , como simpre, a la defensa de los funcionarios y achichincles de su patrona. No se trata de ser o no ser funcionario, antes de los 90 dias previos que marca la Ley, sino del proselitismo que desde los puestos publicos , haga o pueda llagar a hacer, un funcionario publico, con recursos publicos y bienes del dominio publico; utilizando la influencia que le otorga el puesto publico que ostenta; abusando de la informacion e infraestructura publica a su disposicion, LO CUAL SI ESTA PROHIBIDO POR LA LEY. Pero eso solo se llega a percibir por estos paleros del IEES, cuando se trata de los “otros” y no de los del propio equipo.