SAÚL ORTEGA/NTRZACATECAS.COM
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La LXIV (64) Legislatura aprobó las reformas al Código Familiar del Estado de Zacatecas para que exista la posibilidad de que cualquier persona pueda cambiar de género de manera legal sin importar cómo fue asignado en el acta primigenia.

Con esta nueva ordenanza, que entrará en vigor 60 días posteriores a su publicación en el Periódico Oficial del estado, todo interesado en realizar el trámite no deberá acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico o procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género.

Los efectos de la nueva acta de nacimiento para identidad de género realizados serán oponibles a terceros desde de su levantamiento.

Quienes pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género, previa la anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia, serán las personas que requieran el reconocimiento de su nueva identidad.

El reconocimiento respectivo se efectuará ante las instancias y autoridades correspondientes del Registro Civil de los municipios

El acta de nacimiento primigenia quedará reservada y no se publicará ni expedirá constancia alguna, salvo mandamiento judicial o petición ministerial.

 

Responsabilidad patrimonial

También durante la sesión fue aprobada la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios de Zacatecas con un total de 26 votos a favor.

Las disposiciones de esta ley son de orden público e interés general, tiene por objeto fijar las bases y procedimientos para reconocer el derecho a la indemnización de quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes y derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del estado y municipios de Zacatecas

Esta nueva ley entrará en vigor un día después de su publicación en el Periódico Oficial.


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