Zacatecas.- Leticia Catalina Soto Acosta, consejera presidenta del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), informó que hasta este martes 27 de noviembre, no hay una sola queja por actos anticipados de campaña.
Aunque reconoció que a partir del 7 de enero de 2013 inicia el proceso electoral para renovar las 58 alcaldías y el Poder Legislativo, y lo contrario podría considerarse como una violación a las normas que rigen este proceso comicial.
“En este momento no está permitido realizar actos de precampaña o de campaña, pues el proceso electoral inicia el 7 de enero, y a partir de esa fecha los partidos políticos deberán informar cuáles son los periodos de precampaña”.
“Asimismo, emitir una convocatoria y establecer todas las reglas, a partir de las cuales (los aspirantes) podrán tener una contienda interna para lograr una candidatura”, explicó.
De acuerdo con el artículo 111 de Ley Electoral de Zacatecas –dijo Soto Acosta- los precandidatos deben ajustar sus actividades “a los plazos y términos establecidos en la ley, la convocatorio y los estatutos del partido”.
Tras exponérsele casos como el de Héctor Pastor Alvarado, director estatal del DIF, y el de Xerardo Ramírez Muñoz, diputado local del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), quienes ya hicieron patente su deseo de buscar la alcaldía de Zacatecas, expuso que cuando tengan la denuncia podrán revisar el caso.
Por ello recordó que los ‘destapes’ de quienes buscan un puesto de representación popular sí pueden ser motivo de queja, cuya sanción es la cancelación o el no registro de la candidatura.
“Es probable que hayan incurrido en actos de precampaña, pero habría que revisar, pues tal como lo ha establecido el Tribunal Electoral, hay que establecer el contexto en el que se dan los actos; asimismo, las condiciones de modo, tiempo y lugar en que se realizan”.
Detalló que puede ser considerado como un acto anticipado de campaña o precampaña si una persona expresa su deseo de contender por una candidatura, presenta una plataforma política o pide a la militancia de su partido a que se le elija; agregó que dichas actividades deben ser públicas y constantes.
Sin embargo, insistió en que no tienen facultades para actuar de oficio, y sólo pueden revisar estos casos si le presentan una queja al Instituto Electoral, la cual puede ser presentada por los partidos políticos o por integrantes del mismo instituto.