José Pablo Mercado Solís, presidente de la Coordinadora Nacional de Abogados de México (Conamex), explicó que Julio César N cuenta con la potestad de acudir al congreso local y presentar a los legisladores pruebas de descargo por las imputaciones en su contra.
Abundó que, como parte del proceso del desafuero, los legisladores están obligados a llamarlo para que pueda defenderse de los delitos de los cuales es acusado, en este caso homicidio calificado y robo calificado.
Esto luego de darse lectura en la máxima tribuna del estado a la solicitud de desafuero contra Julio César N por parte de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE).
En caso de no presentarse el presupuesto implicado “los diputados tienen la libertad de continuar con el proceso en rebeldía, es decir ante la negativa de presentarse a declarar el presunto responsable, y dar inicio con el proceso penal”.
El especialista dio a conocer que, de acuerdo con los tiempos marcados en la Constitución Política de México, los legisladores cuentan hasta con 15 días para citar al presunto responsable, “aunque tienen la facultad de resolverlo en horas y continuar con el proceso de desafuero”.
Recordó que para quitar la protección legal que impide proceder penalmente contra el presunto responsable “es necesario contar con todos los elementos fundados y motivados contra el funcionario y tengan todos los elementos de prueba para turnar el dictamen correspondiente al pleno de congreso”.
Precisó que hasta en caso de proceder el desafuero el caso “de inmediato debe judicializarse, en este caso para la petición se acompaña con una orden de aprehensión de tal suerte que desde el momento que sea despojado de esa inmunidad, conocida como fuero, queda sujeto a que la autoridad investigadora lo presente ante un juez de control”.