CIUDAD DE MÉXICO. Las reformas constitucionales para erradicar la violencia de género entre servidores públicos, aprobadas por el Congreso, entraron en vigor este sábado, informó la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
«Ninguna persona que se encuentre en los siguientes supuestos podrá ejercer un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni podrá registrarse como candidata a cargos de elección popular», señala el artículo 10 de la Constitución de la Ciudad.
Si cuenta con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y la seguridad sexuales.
«Con sentencia firme por delitos de violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, por violencia política contra las mujeres en razón de género».
O si está inscrita en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, a menos que acredite estar al corriente del pago.
«Deberá establecer los mecanismos necesarios para que los partidos políticos garanticen la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia política en razón de género en sus procedimientos», ordena la disposición constitucional.
Iván Sosa
Agencia Reforma