ZACATECAS. Durante la sesión ordinaria se dio lectura al dictamen de la Ley de Ingresos del Estado de Zacatecas para el ejercicio fiscal 2024. Asimismo, en sesión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública se aprobó la miscelánea fiscal.
Se contempla que para el ejercicio fiscal 2024, el estado percibirá los ingresos provenientes de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones, fondos de aportaciones federales, convenios y asignaciones, fondo de estabilización de los ingresos de las entidades federativas, ingresos derivados de financiamientos e incentivos, por el orden de 38 mil 671 millones 799 mil 379 pesos.
El diputado José Guadalupe Correa Valdez, presidente de la citada comisión, expuso que el sistema de planeación es de gran importancia porque las finanzas estatales dependen, en gran medida, de las transferencias federales.
La finalidad es obtener los recursos necesarios para cumplir con los objetivos de los programas de gobierno.
La planeación estatal del desarrollo requiere de un sistema tributario sólido, a través de las aportaciones, recursos etiquetados y participaciones de acuerdo con datos del Instituto Mexicano para la Competitividad AC, agregó el legislador.
Desde hace dos ejercicios fiscales la generación de ingresos propios en el estado se sustenta en seis tipos de impuestos: sobre los Ingresos, sobre el Patrimonio, sobre Producción, sobre Nóminas y Asimilables, Ecológicos, el Consumo y Transacciones, y otros gravámenes adicionales para la infraestructura y para la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ).
Correa Valdez señaló que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública consideró que la iniciativa de Ley de Ingresos formulada por el Ejecutivo del estado se sustenta en las fortalezas del sistema tributario y consolida los tipos de impuestos que demostraron ser una fuente sólida y eficaz de ingresos para la entidad.
Finalmente, informó que como resultado del análisis a la estructura normativa de la iniciativa de Ley de Ingresos, se propuso suprimir el capítulo séptimo referente a la autorización del proceso de refinanciamiento de la deuda del estado.