Coordinación gubernamental: la clave en la descentralización administrativa
Mire Usted, estimado lector: desde la persona titular del Poder Ejecutivo Federal hasta la persona que encabeza la administración municipal más humilde de este país, los trabajos que conlleva la rama ejecutiva de los poderes en los distintos ámbitos de gobierno requieren de una línea constante de trabajo que se llama coordinación.
Pareciera que las tareas de gobierno ya están dadas y es solo cosa de poner o quitar funcionarios como piezas de lego en una construcción imaginaria, como si en automático, por el hecho de estar ahí ocupando una plaza presupuestal como funcionario, las personas realizan de forma eficaz y eficiente las tareas que les son encomendadas; esto no sucede así.
Pero mire, vámonos entendiendo: por coordinación, pero particularmente coordinación gubernamental, entiéndase un “principio funcional de la acción del Gobierno mediante el cual los miembros del mismo y los departamentos ministeriales concurren, bajo la dirección del presidente, a la consecución de los mismos objetivos políticos” (ver https://dpej.rae.es/lema/coordinaci%C3%B3n-de-las-funciones-gubernamentales).
Si usted googlea “coordinación gubernamental”, es posible que le arroje un resultado del trabajo de la inteligencia artificial que recupera la anterior definición y abunda al establecer que “La coordinación gubernamental es un principio funcional del Gobierno que permite a sus miembros y departamentos ministeriales trabajar juntos para lograr los mismos objetivos políticos, bajo la dirección del presidente.
La coordinación entre los diferentes niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) es importante para lograr la eficiencia en el diseño e implementación de políticas públicas, así como para la fiscalización, transparencia y combate a la corrupción”. Aquí pues, destaque Usted algunos elementos: trabajar (no hacer como que se trabaja), concurrir, unir, objetivos comunes.
Por otro lado, démosle un vistazo a la descentralización, particularmente la de vertiente administrativa. Según un documento elaborado por el Coneval (Estudio sobre el proceso de descentralización en México 1997-2017), “(…) se ha generalizado el uso del término “descentralización” para designar una iniciativa de dispersión de las dependencias y entidades de la administración pública federal a distintos estados.
No obstante, el concepto de descentralización se refiere a un proceso más complejo, que implica transferencia de autoridad de recursos económicos de los gobiernos centrales hacia los locales para decidir sobre asuntos económicos y sociales”.
En este orden de ideas, debemos entender entonces que la descentralización implica una transferencia (de autoridad, recursos, responsabilidades, etc.) de un nivel central a uno fuera de ese círculo.
Ya enfocados en la descentralización administrativa, consideremos que “se refiere a la transferencia de la responsabilidad, tanto en las funciones administrativas como en la implementación de las políticas centrales.
Este tipo de descentralización está presente cuando al menos una política no es implementada de modo directo por el gobierno central, sino por agentes locales designados y subordinados jerárquicamente al gobierno central”.
Disculpe Usted la insistencia, pero me parece necesario reafirmar que la ejecución de una responsabilidad compartida, requiere de coordinación. Y la coordinación, invariablemente, va de la mano de la claridad de la norma, pero el motor que la hace trabajar se llama voluntad política.
Y es esto el meollo del asunto: las organizaciones públicas tienen formas de hacer (usos y costumbres, si lo quiere ver así) que van de la mano con la evolución de su quehacer con el paso de los años. Complicidades, vicios, éxitos, fracasos, empuje y demás que han tenido las dependencias, correo de la mano con el esfuerzo que pueden hacer sus titulares.
Sin embargo, también los funcionarios públicos que tienen responsabilidades de ejecución de determinadas acciones en vinculación con otros, se ven sometidos a las prioridades que impone la agenda pública que afecta a su agente principal: por ejemplo, si a un titular de un Poder Ejecutivo le importa más la agenda política-partidista y, por otro lado, no entiende mucho de temas de infraestructura o de salud, esos temas no estarán en la primera línea de tareas a atender a pesar de que su superior (secretario, titular, etc.) tenga tareas importantes.
La consecuencia de esto será que el gobernante no tendrá la voluntad política para forzar el entendimiento y la coordinación entre actores que, más allá de que tengan protagonismo o una gran esfera de actuación, lo importante es que forman parte de esferas gubernamentales que necesitan y deben trabajar, coordinados, por el mismo objetivo.
La coordinación gubernamental la impulsa y define el mayor responsable de una tarea (recuerde el “bajo la dirección del presidente” que anotamos en párrafos anteriores); en nuestra cultura gubernamental, si un presidente, gobernador o presidente municipal, por citar un ejemplo, no da luz verde para desarrollar un tema (cambios, innovaciones, mejores, ejecuciones), es posible que no tengan la celeridad que requieren.
Debido a lo anterior es que la idea de descentralización no parece muy atractiva en determinadas tareas: ¿para qué transferir tareas o responsabilidades a un ente fuera del centro, cuando no saben dimensionar la responsabilidad o bien, no les gusta trabajar? La coordinación gubernamental no se da sola; se tiene que empujar. Y para empujar hay que trabajar. Pequeño detalle, ¿no?
*Doctor en Ciencias Políticas y Sociales con orientación en Administración Pública, UNAM.
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