CIUDAD DE MÉXICO. En la audiencia sobre la Ley de Amparo en Cámara de Diputados, expertos en derecho pidieron a los legisladores retirar la reforma al artículo quinto, porque, alertaron, restringe derechos y es un retroceso respecto a la reforma de derechos humanos del 2013.
Aunque se trata de la redacción que ya fue modificada en el Senado para atenuar el impacto en los juicios colectivos, los especialistas manifestaron que el agregado no es necesario, porque al ser restrictivo afecta derechos humanos y la posibilidad de acceso a la justicia para las organizaciones de la sociedad civil.
La propuesta presidencial prevé un nuevo párrafo, el cual fue modificado por los senadores ante las críticas que recibió.
«Tratándose del interés legítimo, la norma, acto u omisión reclamado deberá ocasionar en la persona quejosa una lesión jurídica individual o colectiva real diferenciada del resto de las personas, de tal forma que su anulación produzca un beneficio cierto y no meramente hipotético o eventual en caso de que se otorgue el amparo», señala la adición del polémico artículo.
Los diputados no pueden modificarlo, solo pueden incluirlo o no en el dictamen que aprueben las Comisiones de Justicia y de Hacienda.
Los especialistas en derechos han llamado a mantener sin cambios el artículo quinto, para evitar que haya restricciones que limiten el juicio de amparo como instrumento de defensa de los derechos humanos de colectivos y grupos vulnerables.
Arturo Guerrero, ex secretario Ejecutivo en el Consejo de la Judicatura, reclamó que se quiere cambiar lo que funciona bien y donde no hay abusos.
Reconoció que en el Senado se hicieran ajustes a la iniciativa presidencial presentada el 15 de septiembre pasado, pero consideró que está de más el nuevo párrafo en el artículo quinto.
«La parte del interés legítimo en específico, yo la resumiría en una idea. Estamos procurando arreglar lo que no está roto.
«Fijar en la ley lo que se entiende por interés legítimo, cuando esta parte en específico realmente no ha sido problemática, es lo que a mí me preocupa realmente, porque el interés legítimo ha permitido avances fundamentales», dijo sobre fallos que se han dado en materia ambiental, a favor del matrimonio igualitario o sobre el tema de la interrupción del embarazo.
Expuso que ante la pregunta de qué se le puede cambiar a dicho párrafo, respondió que un proverbio indio dice que «procura que lo que digas tenga más valor que el silencio».
«Si no estamos ayudando y si no estamos beneficiando en nada, no entiendo para qué (la reforma)», remarcó.
También ante el cuestionamiento de legisladores de Morena de cómo se podría evitar los abusos en el amparo, el especialista les explicó que los juicios para suspender obras o políticas públicas no se sustentan en el interés legítimo, sino se basan en el interés jurídico.
«Justamente yo no creo que haya que acotar la figura del interés legítimo, la mayoría de los casos de abusos que se han dado han tenido que ver con casos de interés jurídico.
«Con la reforma me parece que estaríamos abriendo la puerta a nuevas interpretaciones más restrictivas. Mientras más cosas le ponemos en la ley a criterios de este tipo, lo que hacemos es abrir un nuevo debate, cada fracción va a ser escudriñada, cada característica, cada adjetivo va a ser nuevamente analizada. Me parece que deja fuera intereses colectivos, los asuntos que he mencionado, muchos vienen de demandas presentadas por asociaciones civiles, por agrupaciones que representan derechos humanos», explicó.
Arturo Pueblita Fernández, profesor en derecho en las universidades Iberoamericana y Panamericana, coincidió con Arturo Guerrero Zazueta, en que la adición de un segundo párrafo al artículo quinto afectará derechos humanos y que es un retroceso.
«Si restringimos el interés legítimo, estaremos restringiendo la posibilidad de defender derechos humanos. Cuando eso había sido el gran avance del 2013, eso había sido el gran avance que habíamos logrado con la reforma de los derechos humanos.
«Coincido plenamente con el maestro Guerrero Zazueta, la salida no es hacer un parafraseo de la propuesta enviada por el Ejecutivo Federal, sino que se trata realmente de la omisión de este concepto. Este segundo párrafo que se pretende adicionar a la fracción primera del artículo quinto de la Ley de Amparo, no es necesario, en mi opinión».
Sostuvo que en el Nacional Colegio de Abogados de México se ha analizado, en nuestras diferentes comisiones de estudio, como Procesos Constitucionales, en la de Estado de Derecho y en la de Derecho Constitucional, que el nuevo párrafo es algo que termina restringiendo los derechos humanos.
«Se convierte en una limitación al ejercicio y a la protección de los derechos, cuando realmente lo que se debe de buscar en un régimen democrático y bajo un sistema de humanismo, lo que tenemos que estar buscando en todo momento es encontrar mecanismos de fortalecimiento de los derechos».
También opinó que el origen de ese párrafo son los cientos de amparos que se presentaron durante la construcción del Tren Maya, por lo que se quieren atajar derechos, cuando lo que debería hacer el Gobierno es emitir normas y acciones de gobierno que no afecten a la sociedad, al ambiente ni a las personas.
«Fue bueno lo que se hizo en el siglo 19 con la creación de la Ley de Amparo, no queremos regresar al siglo 19», dijo sobre el retroceso en derechos humanos con el nuevo párrafo del artículo 5to.
Armando Hernández Cruz, ex magistrado de la Ciudad de México y también profesor detalló que el agregado al artículo quinto afecta en especial los amparos en materia ambiental.
«En materia de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA), 2011 representó un avance en la protección de estos derechos a través del interés legítimo, y que las nuevas modalidades o modulaciones que se le quieren poner al artículo quinto de la ley de amparo podrían limitar la posibilidad de protección de los DESCA a través de la figura del amparo, limitando o reduciendo la justiciabilidad de los derechos colectivos», alertó.
Cuestionó a los legisladores qué es lo que se quiere en la redacción y qué es lo que se quiere tomar en consideración, porque no es lo mismo el interés legítimo en asuntos individuales que en derechos difusos o colectivos.
En todo caso, dijo, habría que separar las hipótesis normativas, en la parte donde se habla de una «lesión jurídica individual o colectiva», porque los derechos individuales se pueden ejercer colectivamente, por ejemplo, cuando 100 personas ejercen la libertad de asociación, «pues es un derecho individual ejercido de manera colectiva».
«Yo creo que habría que separar, la procedencia del amparo mediante la figura del interés legítimo en casos de violaciones a derechos colectivos DESCA y en casos de violaciones a derechos individuales. De tal forma que separando las hipótesis podría quedar, desde mi punto de vista, más restringida la procedencia del interés legítimo en casos de violaciones a derechos humanos individuales, y un poco más abierta o más amplia en el caso de derechos colectivos, como son los DESCA», planteó como una salida.
Agregó que una reforma debe agilizar los procedimientos y no limitar los derechos adquiridos, porque el amparo no siempre logra su objetivo de proteger al ciudadano.
«Lo digo con respeto, el amparo es como un preservativo roto, es un medio de protección pero no siempre funciona, lo que se tiene que hacer evidentemente es lograr que esa figura tan noble, tan importante que se creó en el estado mexicano, que es el juicio de amparo, pueda lograr sus objetivos, y sobre todo nuevas metas, la agenda 20-30, los objetivos del desarrollo sostenible, mejor acceso a la justicia, con procedimientos tan lentos, tan tortuosos, el amparo se ha vuelto un laberinto de tecnicismos».
Juan Sabindrana Cisneros García, doctor en Derecho y presidente del Colegio de profesionistas con Posgrado en Derecho, además de profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, resaltó que ya actualmente los jueces no admiten los juicios de amparo porque cuestionan la acreditación del interés legítimo, por lo que con la reforma será más difícil iniciar un juicio.
«Si ahora se restringe, si como está ahorita, nos restringe, con el nuevo texto, lo va a restringir aún más, ¿sí?
«Me preocupa de la reforma que la va a agravar más la situación, ¿no? Que realmente no va a haber un acceso a la justicia, y que cada vez el amparo es mucho más difícil de que se promueva y de que lo puedas ganar. Antes nosotros ganábamos muchísimos juicios, ahora ya no. Eso es lo que nos preocupa», mencionó.
Sugirió a los legisladores que resuelvan otros aspectos de procedimiento del juicio de amparo, porque no se está atacando de verdad los tiempos para hacer los juicios más cortos.
Claudia Salazar
Agencia Reforma
