Close Menu
    Lo último

    Sin coordinación,  corporaciones en  Cain Road Race

    3 de noviembre de 2026

    Aún activo, incendio en basurero de Moyahua

    3 de noviembre de 2026

    Modernizan la carretera  El Sauz-Mina Mercurio

    3 de noviembre de 2026
    Facebook X (Twitter) YouTube
    Destacado
    • Desconocen protocolos para veto a celulares
    • Juan Manuel Lugo Botello asume cargo frente a SICT en Zacatecas
    • Prevén más presión de Trump a México si pierde el Congreso
    • Rechazan obstáculos para avalar la ley de bienestar animal
    • Bajan ventas en el tradicional tianguis de Día de Muertos
    • Se vuelca tráiler cargado de cerveza en Calera; rapiñan el producto
    • Muere otra persona atropellada en San José del Alamito
    • Confirman muerte de mexicano por choque de trenes en España
    Facebook X (Twitter) YouTube Instagram TikTok Telegram
    NTR ZacatecasNTR Zacatecas
    • Portada
    • Noticias
      • Zacatecas
      • Fresnillo
      • Municipios
      • México
      • Mundo
      • Alerta Roja
      • Deportes
      • Cultura
      • Salud
      • Tecnología
      • Espectáculos
      • Crítica
    • Editoriales
      • Los Monos de El Tal Yo
      • Opinión
      • Veneno Puro
    • Multimedia
    NTR ZacatecasNTR Zacatecas

    Inicio»Noticias»México»Podrán expropiar plantas de energía
    México Por Agencia Reforma

    Podrán expropiar plantas de energía

    17 de octubre de 2025Actualizado:17 de octubre de 2025No hay comentarios3 Minutos de lectura
    Facebook Twitter WhatsApp Email Telegram

    CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Energía (Sener) y la Comisión Nacional de Energía (CNE) podrán tomar el control de empresas de hidrocarburos por causas de fuerza mayor o por riesgos a la seguridad nacional o energética, bajo las normas de una expropiación, de acuerdo con el nuevo Reglamento de la Ley del Sector de Hidrocarburos.

    Conforme el documento emitido el pasado 3 de octubre, la Sener tiene facultades de ocupar temporalmente, intervenir o revocar permisos de las empresas privadas de energía.

    La ocupación temporal, según el artículo 309 del Reglamento, ocurrirá por «una necesidad de utilidad pública» frente a situaciones de «guerra, desastre natural, grave alteración del orden público» o peligros a la seguridad nacional, energética o de economía nacional que definirá el Gobierno.

    Dicha ocupación será por un plazo no mayor a 36 meses y ambas dependencias, dependiendo de cuál de ellas expidió el permiso, pagará una indemnización al permisionario.

    «El procedimiento de ocupación temporal debe cumplir con lo establecido en la Ley de Expropiación.

    «La indemnización que en su caso proceda consiste en una compensación a valor de mercado en términos de la Ley de Expropiación, así como en el pago de daños y perjuicios, que se encuentren debidamente acreditados», señala el Reglamento.

    El Artículo 91 de la Ley del Sector de Hidrocarburos señala que son de utilidad pública las actividades y servicios que ampara un permiso otorgado por la Sener o la CNE para almacenamiento, transporte, comercialización, importación, exportación y guarda de hidrocarburos y petroquímicos.

    Esta última Ley detalla como causas de expropiación la utilidad pública, como la explotación o conservación de un servicio público y la creación, fomento y conservación de una empresa para beneficio de la colectividad.

    El Reglamento de la Ley de Hidrocarburos señala que la Sener o la CNE deben describir los hechos y causas que motivan la ocupación temporal, realizar una opinión técnica y análisis jurídico que justifique la medida; identificar los bienes, derechos e instalaciones que se ocuparán, elaborar una propuesta de duración de la ocupación, así como un programa de continuidad de las actividades.

    Los permisionarios pueden solicitar la terminación anticipada de la ocupación cuando se acredite que las causas que dieron origen al hecho se subsanaron, erradicado o desaparecieron.

    De igual manera, el nuevo reglamento prevé que si un permisionario incumple y pone en riesgo grave el suministro de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos se realizará una intervención por tres años a través de un nuevo operador, un interventor, empleando al mismo personal o una combinación de todas las medidas, para continuar con las operaciones.

    Compartir. Facebook Twitter Email WhatsApp Telegram
    AnteriorLos Monos de El Tal Yo
    Siguiente Bloquean docentes Campus Siglo 21 

    Los comentarios se han cerrado.

    Destacadas

    Prevén más presión de Trump a México si pierde el Congreso

    2 de noviembre de 2026

    Rechazan obstáculos para avalar la ley de bienestar animal

    2 de noviembre de 2026

    Bajan ventas en el tradicional tianguis de Día de Muertos

    2 de noviembre de 2026

    Se vuelca tráiler cargado de cerveza en Calera; rapiñan el producto

    2 de noviembre de 2026
    No dejes de leer
    Municipios

    Sin coordinación,  corporaciones en  Cain Road Race

    3 de noviembre de 20263 Minutos de lectura

    Aún activo, incendio en basurero de Moyahua

    3 de noviembre de 2026

    Modernizan la carretera  El Sauz-Mina Mercurio

    3 de noviembre de 2026

    Entregan 24  observaciones  de auditoría forense

    3 de noviembre de 2026
    Nuestras cuentas en redes
    • Facebook
    • Twitter
    • YouTube
    • Instagram
    • TikTok
    • Telegram
    © 2026 NTR Medios de Comunicación. Aviso de privacidad

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.

    Ad Blocker Enabled!
    Ad Blocker Enabled!
    Nuestro sitio web es posible gracias a la publicidad en línea que mostramos a nuestros visitantes. Por favor, ayúdenos desactivando su bloqueador de anuncios.