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    Opinión Por DRA. MARICELA DIMAS REVELES*

    CONOCE TUS DERECHOS

    18 de marzo de 2026No hay comentarios5 Minutos de lectura
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    Violencia entre iguales en la infancia y la adolescencia: una perspectiva de Derechos Humanos

    La violencia entre iguales en la infancia y la adolescencia constituye una de las problemáticas sociales más persistentes y normalizadas en los entornos escolares, comunitarios y, recientemente, digitales, conocida comúnmente como acoso escolar o bullying, esta forma de violencia se caracteriza por conductas reiteradas de agresión física, psicológica, verbal o social ejercidas entre personas que se encuentran en una relación de aparente igualdad etaria, pero con un claro desequilibrio de poder.

    Desde una perspectiva de Derechos Humanos (DH), esta problemática no puede ser minimizada como “conflictos propios de la edad”, sino que debe reconocerse como una violación a los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes (NNA).

    El enfoque de DH permite analizar la violencia entre iguales como una responsabilidad compartida del Estado, la familia, la escuela y la sociedad, colocando en el centro la dignidad humana, el interés superior de la niñez y el derecho a una vida libre de violencia.

    La violencia entre iguales se refiere a cualquier acción u omisión intencional que cause daño físico, emocional o psicológico a otro niño, niña o adolescente, y que se produce de manera reiterada en contextos de convivencia cotidiana, como la escuela, el vecindario o los espacios digitales, sus manifestaciones incluyen empujones, golpes, insultos, humillaciones, exclusión social, difusión de rumores y, en la actualidad, ciberacoso.

     

    A diferencia de los conflictos ocasionales, la violencia entre iguales se distingue por la persistencia en el tiempo y por el ejercicio de poder sobre la víctima, ya sea por fuerza física, popularidad, habilidades sociales o acceso a medios tecnológicos, esta dinámica genera un entorno hostil que afecta gravemente el bienestar y desarrollo integral de quienes la padecen.

    Desde la perspectiva de los DH, la violencia entre iguales vulnera múltiples derechos reconocidos en instrumentos nacionales e internacionales, atenta contra la dignidad humana, principio fundamental que reconoce el valor intrínseco de toda persona, sin distinción alguna.

    Asimismo, vulnera el derecho a la integridad personal, al generar daños físicos y emocionales, y el derecho al libre desarrollo de la personalidad, al limitar la autonomía, autoestima y participación social de las víctimas.

    La Convención sobre los Derechos del Niño establece el derecho de niñas, niños y adolescentes a ser protegidos contra toda forma de violencia, abuso o maltrato, ya sea ejercida por adultos o por otros pares.

    En este sentido, la violencia entre iguales no puede entenderse como un fenómeno aislado, sino como una falla estructural en los mecanismos de protección y garantía de derechos.

    Además, el derecho a la educación se ve directamente afectado, ya que los entornos escolares violentos obstaculizan el aprendizaje, fomentan el ausentismo y, en casos extremos, provocan la deserción escolar; garantizar una educación en condiciones de seguridad y respeto es una obligación del Estado y de las instituciones educativas.

    La infancia y la adolescencia son etapas clave del desarrollo humano, en las que se construyen la identidad, la autoestima y las habilidades sociales, la violencia entre iguales tiene un impacto particularmente grave en estas etapas, debido a la condición de especial vulnerabilidad de NNA y a la dependencia que tienen de los entornos familiares y educativos para su protección.

    Diversos estudios han demostrado que las víctimas de violencia entre iguales presentan mayores niveles de ansiedad, depresión, aislamiento social y, en algunos casos, conductas autolesivas o ideación suicida. Estos efectos pueden extenderse hasta la vida adulta, reproduciendo ciclos de violencia y exclusión social.

     

    Desde un enfoque de DH, esta situación exige la aplicación del principio del interés superior de la niñez, el cual obliga a que todas las decisiones y acciones relacionadas con NNA prioricen su bienestar y desarrollo integral por lo que la omisión o minimización de la violencia entre iguales constituye una vulneración directa a este principio.

    Las instituciones educativas desempeñan un papel fundamental, ya que son espacios privilegiados de socialización. Estas deben implementar protocolos claros de actuación, estrategias de mediación y programas de educación socioemocional que fomenten la resolución pacífica de conflictos y el respeto a la diversidad.

    Asimismo, la familia y la sociedad en general comparten la responsabilidad de identificar señales de violencia, acompañar a las víctimas y promover entornos seguros. La violencia entre iguales no es un problema individual, sino un fenómeno social que requiere respuestas colectivas.

    La expansión de las tecnologías digitales ha dado lugar a nuevas formas de violencia entre iguales, como el ciberacoso, que trasciende los límites del espacio físico y se extiende las 24 horas. Estas modalidades agravan el impacto de la violencia, ya que el daño puede difundirse de manera masiva y permanecer en el tiempo.

    Estos retos demandan la actualización de los marcos legales y educativos, así como el fortalecimiento de la alfabetización digital y el uso responsable de las tecnologías, proteger a NNA en entornos digitales es hoy una extensión necesaria del derecho a una vida libre de violencia.

     

    TODOS LOS DERECHOS PARA TODAS LAS PERSONAS.

    *Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (CDHEZ)

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