CDMX. Por representar una posible violación a la libertad de expresión y ser una medida poco clara, el Estado de Zacatecas derogó el artículo 274 del Código Penal estatal, que establecía penas a personas que incurrieran en el delito de calumnia.
«Se aplicará prisión de tres meses a cinco años y multa de cinco a quince cuotas al que impute a otro un delito, ya sea porque el hecho sea falso o porque la persona a quien se impute sea inocente», sentenciaba el tipo en cuestión.
Esta medida fue aprobada luego de afirmar que resulta incompatible una imputación penal por este ilícito con los esfuerzos para el reforzamiento a la libertad de expresión y el derecho a la información, especialmente cuando se trata de críticas u opiniones hacia figuras políticas, y cuando lo que se busca es inhibir el ejercicio del periodismo y la opinión pública.
Pese a que en este Estado no es anticonstitucional esta medida, retomaron un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre un tipo penal similar en Nayarit, para el que definió como problemático el término «imputar falsamente», así como los criterios para que una declaración sea considerada como un delito.
Esto, incluso, se extendía a la presunción sobre si la emisión de estos comentarios era con el fin de perjudicar a un tercero, lo que resulta violatorio del principio de taxatividad (redacción clara y precisa de leyes).
En todo caso, se afirma, estas acciones conllevarían sanciones civiles y no penales, salvo casos en los que sí se pueda demostrar la intención de perjudicar a una persona por medio de la difusión deliberada de información falsa.
El decreto fue aprobado por el Congreso Estatal el pasado 6 de julio, promulgado por el Gobierno estatal el 6 de agosto y publicado en el Periódico Oficial del Estado el 16 de septiembre, para que su entrada en vigor sea a partir de este jueves, 17 de septiembre.
Vía redes sociales, el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos (ONU-DH) anunció su respaldo a esta derogación, que fue posible gracias al diálogo permanente con defensores y periodistas zacatecanos.
«La protección del honor y la reputación debe garantizarse por vías distintas al derecho penal, particularmente a través del derecho civil», afirma.
ONU-DH llamó a otras entidades a sumarse y llevar a cabo las modificaciones legales que sean pertinentes para adaptarse a estándares internacionales.
Hace unos días se dio a conocer una «lista negra» de comunicadores y activistas considerados «críticos» a la Administración del morenista David Monreal; el documento, incluso, con un membrete oficial.
Organizaciones como Article-19 condenaron la elaboración de este presunto catálogo, principalmente, en una región considerada de alto riesgo para periodistas, familias buscadoras y defensores de derechos humanos.
Esta misma agrupación denunció que, actualmente, al menos 39 periodistas y 12 medios de comunicación enfrentan diversas demandas en su contra por realizar su trabajo.
