Zacatecas.- ¿Está pagando su casa con el crédito Infornavit, pero los intereses le están consumiendo? Es posible que algunos imprevistos, como la pérdida de empleo, la disminución del sueldo o el atraso en una mensualidad, puedan provocar que deje de ir al corriente con sus pagos.
Para ello, Leopoldo Ortega Ortuño, delegado regional del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), dio algunos consejos para tomar en cuenta y evitar que los intereses crezcan demasiado y pueda amortizar el crédito con rapidez.
El seguro que protege el pago del crédito Infonavit aplica en caso de embargo o de quiebra en la empresa para la que se trabaja, así como en la pérdida definitiva de la fuente de trabajo debido a un desastre natural o alguna causa ajena a la responsabilidad del propietario.
De igual manera, en caso de una resolución judicial que declara la terminación laboral imputable al patrón o un despido injustificado.
Para hacer efectivo este seguro, es necesario llamar al 01 800 008 3900 o acudir a las oficinas de Infonavit para informarle al asesor que se quiere dar de alta el seguro.
Posteriormente, se debe entregar en cualquier Centro de Servicio Infonavit o enviar el formato de reclamación por fax, que se puede descargar de la página www.infonavit.org.mx, junto con una copia de la carta de finiquito o cheque de liquidación donde conste el importe cubierto por el patrón con motivo del despido.
En su defecto, puede ir acompañado de una copia de la sentencia que declara el despido injustificado.
El seguro cubre hasta 6 meses de pagos mensuales del crédito durante los primeros 5 años en forma continua o en varios sucesos, y opera después de 30 días de perder el empleo.
Ortega Ortuño destacó que el seguro no aplica en caso de que se trabaje bajo un contrato provisional o de obra determinada y que la separación del empleo sea por conclusión del contrato.
Asimismo, tampoco aplica si el despido se realizó basado en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, que estipula que el trabajador no puede presentarse en estado de ebriedad, bajo el efecto de las drogas, realizar actos inmorales, o desobedecer a los patrones sin justificación.
El delegado enfatizó que el pago de la aseguradora será suspendido cuando se reinicie una relación laboral.
El seguro de protección sólo aplica para créditos iniciados a partir del 1 de enero de 2007.