ZACATECAS. Pese a los reproches por duplicidad de funciones e incluso una investigación por parte de la Secretaría de la Función Pública (SFP), el titular de la Secretaría de Salud de Zacatecas (SSZ), Uswaldo Pinedo Barrios, se aferra a continuar con funciones sindicales y duplicar salario.
El Comité Ejecutivo del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS) envió un oficio para que a Pinedo Barrios se le conceda licencia con “salario íntegro” del 19 de noviembre de 2022 al 30 de abril de 2023.
La petición la hacen el titular de la Secretaría General del SNTSS, Arturo Olivares Cerda, y el secretario del interior y propaganda, Ángel Olvera Valladares.
Informes oficiales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) revelan que al funcionario estatal se le autorizó esta licencia por parte de la Coordinación de Relaciones Laborales, mediante Oficio 8240 de fecha 22 de diciembre de 2022, y se le notificó a la delegada del IMSS en Zacatecas, Saandra Durán Vázquez.
Turno nocturno
El SNTSS indicó, por escrito, que Pinedo Barrios colaborará como representante del Comité Ejecutivo Nacional en el estado, luego de que Manuel Hernández Villa fuera declarado líder de la Sección 29. Es decir, aunque Pinedo Barrios concluyó su ciclo como dirigente de la sección, se mantendría como una especie de delegado en Zacatecas.
Mediante un oficio, Jorge García León, de Relaciones Laborales en el IMSS, justifica que el titular de la SSZ es “trabajador de turno nocturno, por lo que no existe incompatibilidad de funciones ni de horario, con el cargo conferido por el gobierno estatal de secretario de Salud. Y añade que se determinó autorizar “como caso de excepción, el permiso a favor del C. Pinedo Barrios, sin generar precedente”.
Diputados de oposición, como Karla Valdez Espinoza, Enrique Laviada Cirerol y la legisladora federal Noemí Luna Ayala, han hecho pronunciamientos en contra de que el secretario de Salud ostente doble función.
Además, en el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas dicta que “los titulares de las dependencias, en el ejercicio de su encargo, no podrán desempeñar ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo los relacionados con la docencia, la investigación o aquéllos que, por estar relacionados con sus funciones, sean autorizados por el gobernador”.