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    Noticias Por AGENCIA REFORMA / NTRZACATECAS.COM

    Advierte TEPJF golpe de la partidocracia con reforma

    11 de abril de 2023No hay comentarios4 Minutos de lectura
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    CIUDAD DE MÉXICO. Magistrados electorales advirtieron del riesgo de un golpe de la partidocracia contra los derechos ciudadanos y las facultades del Tribunal Electoral federal.

    El presidente del Tribunal, Reyes Rodríguez, pidió revisar la iniciativa de reforma constitucional que avalan la mayoría de partidos en la Cámara de Diputados porque no sólo frena contrapesos entre poderes sino limita derechos de minorías en la representación política, incluidos los gobiernos. Y la magistrada Janine Otálora calificó de «retroceso democrático» la iniciativa partidista.

    «Cualquier decisión de quienes ostentan el poder para limitar las posibilidades de que cada vez más personas participen activamente de la vida política, no sólo es una afrenta contra sus derechos, sino un retroceso democrático que no debe permitirse», expresó Otálora.

    La iniciativa de reforma constitucional de los partidos propone frenar juicios de derechos políticos promovidos por mujeres, discapacitados, migrantes, indígenas y transgénero; protege a las dirigencias partidistas contra juicios internos en el nombramiento de dirigencias; ata las manos al Tribunal Electoral federal en la definición de candidaturas en caso de impugnaciones de militantes, como en el caso de Félix Salgado o Raúl Morón, quienes fueron impedidos a competir en las elecciones de Gobernador de Guerrero y Michoacán, respectivamente, por fallas en sus comprobaciones de gastos de precampaña.

    Reyes Rodríguez cuestionó que el Congreso tenga facultad exclusiva en la decisión de acciones afirmativas o políticas contra la discriminación de distintos grupos.

    De prosperar la iniciativa, dijo, impediría «que el Poder Ejecutivo establezca acciones afirmativas en gabinetes, pero tampoco lo podría hacer un Congreso estatal o las autoridades electorales estatales, porque la iniciativa reserva como una facultad exclusiva del Congreso general establecer acciones afirmativas para grupos vulnerables», destacó el Magistrado Rodríguez.

    Recordó que la actuación de las autoridades electorales ha permitido la paridad total en el Congreso federal y en congresos locales, el aumento al 25 por ciento de mujeres en presidencias municipales, así como la representación política de migrantes, residentes en el extranjero, comunidad LGBT, indígenas y afromexicanos en el Congreso.

    La magistrada Janine Otálora advirtió que el Tribunal no está para avalar «visiones ideológicas» sino defender derechos ciudadanos.

    «La responsabilidad pública que nos exige la Constitución no es la de imponer una visión ideológica, sino la defender las libertades que nos permiten convivir en sociedades diversas», dijo en un comunicado que hizo público anoche.

    «Los partidos políticos tienen la obligación constitucional de ampliar las voces que buscan construir una sociedad más igualitaria y respetuosa de la diversidad. Como vehículos de la participación política, su función siempre debe ser que la representación ciudadana sea tan plural como lo es la sociedad que les confiere el poder a través de su voto», puntualizó.

    La reforma

    Se modifican las atribuciones del TEPJF establecidas en los artículos 41, 73, 99 y 105 de la Constitución y limita su facultad de interpretación.

    «Se propone facultar expresamente al Poder Legislativo Federal para adoptar acciones afirmativas en materia electoral, que tengan por objeto subsanar las deficiencias estructurales que colocan a conjuntos humanos en condiciones de desventaja para el acceso a la función pública.

    «También se busca vincular a los partidos políticos para establecer en sus respectivos documentos internos las reglas para garantizar la paridad de género en la conformación de sus órganos partidistas», dice la iniciativa.

    De aprobarse la reforma, el TEPJF ya no podría ordenar acciones afirmativas para hacer cumplir principios generales y derechos humanos establecidos en la Constitución, sino que debería ceñirse a lo que indica literalmente el texto o a lo que apruebe el Congreso General.

    En caso de controversias sobre esas competencias legislativas, el órgano facultado para resolverlas será la Suprema Corte de Justicia y no el TEPJF.

    Consecuencias

    El TEPJF deberá respetar lo que digan los partidos en sus documentos básicos y como forma de autogobierno para cumplir con los preceptos constitucionales de paridad y otras acciones afirmativas.

    Los partidos son los que fijarán cómo cumplir con los preceptos constitucionales, y ya no el TEPJF.

    No podría ordenar cambios a decisiones de los órganos de la Cámara baja sobre la integración, por ejemplo, de la Permanente, donde ordenó incorporar a MC.

    Manuel Alejandro Alvarez Torres – Agencia Reforma

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