CDMX. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE registrar las modificaciones a los reglamentos del PRI que fueron aprobados en la sesión extraordinaria por su 62 Consejo Político Nacional y que no habían sido aceptados.
Los magistrados, por mayoría, revocaron un oficio del 10 de marzo de la Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) que había comunicado al partido tricolor la imposibilidad de registrar las modificaciones.
Esto ocurrió cuando estaba en cuestionamiento la legalidad de los cambios del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y la legalidad del Consejo Político Nacional del 19 de diciembre de 2022, incluida la prórroga del mandato de su dirigencia nacional decididos en esa sesión extraordinaria, asunto resuelto y validado la semana pasada.
«Dado que dicho grupo de modificaciones tiene relación con lo resuelto por esta sala superior en el que se declaró la procedencia constitucional y legal de distintas disposiciones de los estatutos del PRI, se ordena a la Dirección de Prerrogativas que, a la brevedad, reponga el procedimiento y emita la determinación correspondiente respecto a la verificación de la regularidad legal y estatutaria de las mismas», se lee en la sentencia aprobada.
El fallo, a propuesta del magistrado Felipe Fuentes y con el voto a favor de José Luis Vargas, Felipe de la Mata y Mónica Soto, y el voto en contra de Janine Otálora, consideró fundados los agravios alegados por el PRI respecto a que fueron indebidas las razones para impedir el registro de las modificaciones al párrafo cinco del artículo 5 del Reglamento para la elección de dirigentes y postulación de candidaturas.
«Lo anterior, porque no se advierte que las modificaciones vulneren los derechos de los afiliados y militancia de ese instituto político, ya que no existe ninguna restricción para que las consejerías de las entidades federativas y municipales participen en la renovación del Comité Ejecutivo Nacional», se explica en la resolución.
«Además, se estima que la Dirección Ejecutiva se extralimitó en sus funciones, ya que debió limitarse a verificar la regularidad legal y estatutaria del cambio normativo sin efectuar un análisis sobre la teoría de derechos adquiridos».
Libertad de expresión
En la sesión presidida por Otálora en su calidad de decana, ante la ausencia del presidente Reyes Rodríguez, a la que se sumó la de Indalfer Infante, los magistrados, también por mayoría, confirmaron la inexistencia de razones para abrir un expediente por la publicación «A gusto del Pueblo», distribuida en Quintana Roo.
Con los votos en contra por parte de Otálora y De la Mata, la mayoría aprobó la sentencia propuesta por Vargas, quien confirmó la decisión de la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE, de no encontrar indicios de uso indebido de recursos públicos en esa publicación.
Al defender su proyecto, Vargas dijo que es similar a una publicación similar en Sinaloa en la que se destacó que se difundía al amparo del derecho a la libertad de expresión y no existir indicios de posible uso de recursos públicos.
Asimismo, los magistrados, en otra sentencia, ordenaron a la mesa directiva de la Cámara de Diputados aceptar la reincorporación a sus funciones, luego de una licencia indefinida para ejercer un cargo partidista en Jalisco, del diputado federal morenista Favio Castellanos Polanco.
Castellanos solicitó su reincorporación luego de concluir su encargo y esta petición debe atenderse, se considera en la sentencia, ante un recurso interpuesto por el legislador por la falta de resolución de la Mesa Directiva.
Los magistrados también confirmaron la inexistencia de presuntas irregularidades electorales de Alejandra del Moral, candidata del PRI-PAN-PRD-NA a la Gubernatura en el Estado de México, por eventos masivos del Gobierno estatal en los que se distribuyeron tarjetas del «Salario Rosa» que podrían favorecerle, según la denuncia de Oswaldo Alfaro, de Morena.
La magistrada Otálora se retiró en el último asunto abordado en la sesión y fue sustituida por Fuentes al anunciar ella misma ante el Pleno que se había considerado legal una excusa en su contra.
En esa sentencia se confirmó la salida del cargo, por no ratificación, de César Huerta como secretario ejecutivo del Instituto Electoral del Estado de Puebla, resolución adoptada por el instituto y el tribunal eletorales locales.
