ZACATECAS. El juez federal primero de distrito multó a siete integrantes de la Junta Directiva del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac) por no justificar la “imposibilidad de acatar el fallo protector”, es decir, que carecen de dinero para el pago del aguinaldo correspondiente al 2021 a Juana Lara López.
Los obligados a pagar la multa son: la presidenta de la Junta Directiva, Verónica Ivette Hernández de Lara; Ricardo Olivares Sánchez, consejero y titular de la Secretaría de Finanzas (Sefin), y Rodrigo Castañeda Miranda, consejero y titular de la Secretaría de Economía (Sezac).
También deben pagar Angélica Contreras Rodríguez, consejera y titular de la coordinación estatal de Planeación (Coepla); José Israel Chávez Leandro, consejero y titular del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Estado, Municipios y Organismos Paraestatales (Sutsemop).
Asimismo, Oscar Castruita Hernández, secretario del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) sección 58 y Héctor Manuel Fernández Medina, secretario general y consejero titular del Sindicato Independiente de Trabajadores de Telesecundarias del Estado de Zacatecas (SITTEZ) deben liquidar.
Jorge Rada Luévano, abogado litigante y representante legal de Juana Lara López, explicó que la multa es por 15 mil 561 pesos y sienta un precedente para futuras resoluciones del juzgado primero de distrito, que tiene al menos 3 mil expedientes de amparo por el no pago del aguinaldo 2021.
Abundó que cada uno de los involucrados en esta resolución será notificado en su domicilio y en caso de no acatar con el pago de la multa, “ésta les será descontada directamente de su nómina” para garantizar sea cubierta.
En la resolución se decreta directamente al gobernador David Monreal Ávila, como superior jerárquico, que “ordene a los miembros de la Junta Directiva del Issstezac el cumplimiento total de la ejecutoria dictada”.
El juez mandató que no bastará que la indicación sea vía oficio, “sino que deberá demostrar haber usado todos los medios de apremio a su alcance… A fin de lograr el debido cumplimiento de las ejecutorias de amparo”.
En caso de no cumplir el mandato judicial será considerada “insuficiente su intervención de superior jerárquico y, por tanto también será acreedor a las mismas sanciones correspondientes a las autoridades obligadas a cumplir con la sentencia”.