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    Opinión Por Marco Antonio Flores Zavala

    Travesías

    14 de marzo de 2025No hay comentarios4 Minutos de lectura
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    La Constitución era inexistente en marzo

    El texto de la primera Constitución política del Estado Libre de Zacatecas fue aprobado por el Congreso constituyente el 17 de enero de 1825. El mismo día el gobernador la promulgó —“mando se imprima, publique y circule, y se le dé su debido cumplimiento”—. En el país, el documento federativo fue el tercer de su tipo, antes tuvieron su propio texto Jalisco y Oaxaca.

    En enero, febrero y marzo de 1825 hubo interregno político legislativo. El texto estaba aprobado, pero no tenía la autoridad de lo indicado en su contenido. Esto pasaba porque no estaba publicitado ni jurado por los habitantes, ciudadanos y autoridades estatales, de partido y municipalidades, y por otros cuerpos acostumbrados del régimen pervivente.

    La Constitución no era conocida en febrero ni marzo. La ignorancia era un asunto elemental, el documento no estaba publicado, apenas era impreso en la ciudad de Guadalajara, en los talleres de la viuda de Terreros.

    Después de la aprobación de la Constitución, los diputados siguieron sus labores legislativas. Lo urgente era crear las leyes reglamentarias de los poderes y las dependencias gubernamentales. Por supuesto también hicieron política, el constituyente Juan Bautista de la Torre fue nombrado diputado para el Congreso general, pero él se excusó de acudir.

    En su lugar fue electo José María Bracho, quien antes se negó a ser gobernador del estado. Los constituyentes debieron nombrar otro senador, ya que Pedro Vélez pasó a integrar la Corte Suprema de Justicia; en su lugar enviaron al jalisciense Rafael Riestra.

    En los preparativos para poner en vigencia plena la Constitución del estado, el 4 de marzo, los diputados aprobaron el decreto mediante el cual indicaron las formas de publicar -dar al público-, jurar y aceptar cumplir con los mandatos de la primera Constitución política del Estado Libre de Zacatecas. El gobernador promulgó el mandato hasta el día doce.

     

    En el mismo tenor de acrecentar la lealtad, obediencia y cumplimiento de lo que será el máximo texto jurídico político de la entidad, los diputados suscribieron y publicaron, el 8 de marzo, un manifiesto donde describen el contenido de la Constitución estatal y agregan clic’s de su cultura política. Importante, reconocen que hay “maledicencia, que sin reserva del medio inicuo de pasquines” han recibido “los insultos más groseros y detestables, las palabras más obscenas, e impúdicas, y la esencia de lo más resacado de la inmoralidad”.

    Para mirar las referencias descritas en el contexto del proceso de construcción del Estado, sugiero los textos de Mercedes de Vega: “Los dilemas de la organización autónoma, 1808-1832” y de Rocío del Consuelo Delgado: “La experiencia legislativa de Zacatecas, 1823-1832” (ambos localizables en la Internet).

     

    Posdata

    Circula, desde Tabasco, el informativo Historias de la Villa del Refugio. El documento es obra de Paul Eduardo Duran Ávila, cronista adjunto del municipio. En esta entrega (número 5, de la segunda temporada, dedicado a las mujeres) contiene esbozos biográficos de la catequista Chole Gutiérrez; las mujeres de la familia Gutiérrez Frausto, texto de María Elena Martínez Gutiérrez “mejor conocida como Elena Duran”; y, de Imelda Pérez y “sus nopales”.

    Hay un poema, “Canto a mi tierra”, el cual imagino es obra de Duran Ávila. Me detengo en uno de los textos que integran esta entrega: “Parteras tradicionales”, en él hay tanto información autobiográfica como reconocimiento a las labores tradicionales de las mujeres parteras, el texto cita nombre y lugar donde acompañaron a dar a luz a los tabasqueños de tierra adentro.

    Para leer y acceder a Historias de la Villa del Refugio acuda usted a Facebook: Mirada Sensible Tabasco; Youtube: Paul Duran Avila; Instagram: Paul Duran Avila.

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