OJOCALIENTE. Por mandato del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijeez), el Municipio publicó la resolución en contra del ex alcalde Daniel López Martínez, la entonces tesorera Olga Ashanty Martínez Rodríguez y el ex regidor Ernesto Rodríguez Gallegos como violentadores en razón de género en perjuicio de la ex síndica, Bertha Guillermina Pérez Hernández, por obstrucción de sus labores.
Según la resolución del Trijeez, la sentencia fue emitida el 29 de diciembre de 2023 bajo el expediente TRIJEZ-JDC-007/2023, que determinó que hubo obstrucción del ejercicio del cargo contra Bertha Guillermina en su carácter de síndica de la administración 2021-2024.
El documento detalla que Daniel López y los funcionarios mencionados omitieron dar respuesta a las solicitudes de información de la entonces síndica, además de que sometieron a votación asuntos del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Ojocaliente sin dárselos a conocer previamente.
Se añadió que la síndica no recibió la regularidad exigida ni los informes financieros para su revisión y tampoco se le asignó personal ni los suficientes recursos materiales para el desarrollo de sus funciones.
LA RESOLUCIÓN
La sentencia también especifica que se acreditó la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género porque hubo sistematización y pluralidad de acciones ejercidas por los entonces alcalde y tesorera en contra de la síndica, lo que le impidió ejercer su cargo.
A la par, se indica, se incurrió de nuevo en violencia política por razón de género cuando durante una sesión el ex regidor realizó una comentario con estereotipos de género en perjuicio de la afectada.
Por ello, la resolución estableció que hubo obstrucción del ejercicio del cargo contra Guillermina Pérez por parte del ex alcalde y de la entonces tesorera, además se acreditó violencia de género por los antes señalados y Ernesto Rodríguez.
Por tanto, se vinculó a los tres involucrados a dar cumplimiento con los efectos establecidos en los apartados 6 y 7 de la sentencia, “con el apercibimiento de que, de no hacerlo, se les aplicará algún medio de apremio”.
Asimismo, se solicitó a la administración actual publicar el documento de la resolución, a fin de asumir el cumplimiento de la medida de reparación ordenada y restaurar el derecho que fue vulnerado.
