Sobre la Declaración Anual de Personas Físicas ante el SAT II
La semana pasada, estimada y estimado lector, concluí mi colaboración diciéndole que “Finalmente, le insisto en algo: infórmese por Usted mismo. No haga caso de terceros. El teléfono descompuesto que se genera en cuestiones fiscales por la experiencia personal de los contribuyentes puede ser un laberinto complejo. Es importante que nos quitemos el miedo o desconfianza en las cuestiones tributarias y aprendamos por nosotros. La autogestión es un camino por el cual nos debemos conducir.”
En ese sentido, permítame abundar en esta idea, porque es algo que quienes trabajamos en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la atención directa al contribuyente, vemos prácticamente todos los días.
Un error común entre los contribuyentes es dejarse guiar o influir por información limitada o que no deriva de fuentes oficiales. Ello provoca una circunstancia de entendimiento limitado o de comprensión asimétrica que lleva al contribuyente a suponer cosas con mucha facilidad pero que distan de ser la realidad de su situación muy particular. Eso genera mucha confusión o errores de comprensión y ponen al contribuyente en una situación precaria.
Ante esa posibilidad, permítame insistirle en que la vía para tener un poco más de entendimiento de las cuestiones fiscales personales es la consulta directa a la fuente de información que representa principalmente el portal de trámites y servicios del SAT, ya que este tiene un diseño específico para que el contribuyente pueda navegar y conocer diferentes espectros de lo que hay alrededor de un trámite o servicio.
En particular, con aquello para la declaración anual de personas físicas, lo importante no es solamente realizarla en el aplicativo, sino tratar de entender o dimensionar la información que ya está pre cargada en este en tanto tiene que ver con la certeza de los ingresos y los gastos realizados durante el ejercicio fiscal y que puede ser validadas como deducciones personales en tanto cumplen con la normatividad para tal efecto.
Así pues, en un apartado específico de declaraciones que tiene el portal, no solamente podemos realizarla en el aplicativo prácticamente aceptando la información que podemos visualizar, sino que también podemos entrar a detalle a otros rubros como los visores para conocer, reconocer y entender la información que la autoridad tributaria tiene derivado de nuestra actividad económica en la formalidad y que conlleva el cumplir con nuestras obligaciones fiscales.
Si usted no ha realizado su declaración por alguna razón, no se preocupe, aún hay tiempo. Para ello es importante que gestione con la mayor celeridad posible su medio de autenticación (ya sea la e.firma o la contraseña del SAT) y con ello pueda ingresar a los aplicativos que la autoridad ha dispuesto para que nosotros los contribuyentes podamos cumplir con nuestra responsabilidad tributaria a través de los medios electrónicos.
Si por alguna razón usted no ha estado en condiciones para realizar su declaración, no pierda de vista que siempre tendrá la opción de acercarse a la autoridad para regularizar su situación fiscal y, si tuviera algunas cosas pasadas irresueltas, la autoridad tiene la obligación de orientarlo para que pueda dimensionar la forma en que puede corregirse y regularizarse para estar en orden.
Muchas generaciones parecen a haber evolucionado teniendo una idea negativa respecto a la autoridad tributaria y solamente enfocada a lo que son las obligaciones tributarias; pero soy de los que piensa que ahora debemos cambiar absolutamente el enfoque para pasar de una idea de pasividad fiscal a una de actividad fiscal consciente para ejercer también nuestros derechos en la materia.
Pero si no nos involucramos poquito, difícilmente estaremos en la condición óptima para ser beneficiarios de todo aquello que la norma establece.
*Doctor en Ciencias Políticas y Sociales con orientación en Administración Pública, UNAM
Facebook: PonchoRealLópez
